El diario 'MundoDeportivo' ha podido demostrar que la cláusula de confidencialidad si existe. El diario ha tenido acceso al acuerdo escrito en la parte del contrato de Neymar donde se refleja con claridad el compromiso de ambas partes de no revelar los contenidos del contrato. Como todo este tipo de cláusulas estándar, la liberación está limitada al común acuerdo para hacerlo y a requerimiento de un juez en circunstancias como las actuales en las que, dentro de una investigación, sea preciso desvelar los contenidos.
Sandro Rosell, como firmante y responsable máximo del club, no está autorizado a hacerlo ante los medios como bien repitió el lunes en la presentación del proyecto de reforma del Camp Nou.
La confidencialidad de las dos partes (BarçayN&N) queda establecida en la cláusula novena del contrato que firmaron en 2011. Por lo tanto, esa confidencialidad queda extendida a los contratos y acuerdos ulteriores, firmados en el momento de la contratación del jugador.
En cuanto a los contratos entre el Barça y N&N, el laboral, el de cesión de imagen, el de scouting y el de marketing, se corresponden con el modelo estándar del club barcelonista, que incluye siempre la cláusula de confidencialidad.
Nadie podía saber como fue el contrato, ya que nadie pidio verlos, ni los socios del Barça, aunque como ya se imaginaba, la excepción de Jordi Cases, el firmante de la querella, parece haberlo intuido.
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